
Postura de esta Asociación en cuanto a la convalidación de la especialidad de análisis clínicos por la de especialista en cuidados médicos quirúrgicos
NOTA INFORMATIVA SOBRE CONVALIDACIÓN DE LA ESPECIALIDAD DE ANÁLISIS CLÍNICOS POR LA DE ESPECIALISTA EN CUIDADOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS
En relación a la aprobación del reciente Real Decreto 450/2005, de 22 de abril sobre especialidades en Enfermería y la posibilidad de expedición del título de Especialista en Enfermería de Cuidados Médicos-Quirúrgicos por todos aquellos que se encuentran en posesión de la suprimida – por la Disposición adicional segunda de dicha norma – especialidad de Análisis Clínicos, se ha planteado en esta Asociación una serie de posibilidades de actuación:
1) Esta Asociación no considera necesario ni imprescindible solicitar la expedición de dicha titulación de Enfermería de Cuidados Médicos-Quirúrgicos por aquellos especialistas en Análisis Clínicos que se encuentran actualmente trabajando en los servicios de Laboratorio de los centros sanitarios. Consideramos que con ello se perdería la identidad de nuestra especialidad máxime cuando la nueva normativa no repercute directamente en los puestos de trabajo que se desempeñan en la actualidad. Por otra parte toda la numerosa jurisprudencia que existe a favor de la especialidad podría quedar sin efecto práctico futuro si desaparecen los especialistas en Análisis Clínicos al reconvertirse en la nueva especialidad.
2) La nueva normativa sobre especialidades no obliga a la convalidación, ni como queda dicho condiciona la continuación de los puestos de trabajo a la misma, siendo en todo caso un trámite voluntario para el que tampoco existe un plazo establecido de tramitación.
3) Por ello, recordar que la supresión de la Especialidad de Análisis Clínicos – como las demás recogidas en la Disposición Adicional segunda – debe entenderse exclusivamente como una reiteración de la ya derogación expresada en el anterior Real Decreto 992/1987, de 3 de julio sin repercusión alguna en los derechos adquiridos previamente y la posibilidad de convalidación con una nueva especialidad. No obstante, no puede realmente conocerse en el futuro que actuaciones o reestructuraciones pudiera efectuar la Administración Sanitaria con las personas que decidieran convalidar, pues efectivamente estos al haber solicitado voluntariamente la convalidación quedarían en una posición débil en sus puestos de trabajo actuales por lo expresado anteriormente